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¡Llegó la temporada de impuestos! Si tienes una empresa en Colombia, el cumplimiento de las obligaciones fiscales es un pilar fundamental para la salud financiera de tu negocio. Para este año gravable 2025 (que se declara en 2026), la DIAN ya ha establecido las fechas límites según el último dígito del NIT.
En este artículo, te presentamos los plazos clave para que te programes, evites sanciones y gestiones tu flujo de caja de manera eficiente.
Si tu empresa está calificada como Gran Contribuyente, la obligación se divide en tres pagos a lo largo del año. Ten en cuenta que la presentación de la declaración se realiza en el segundo vencimiento.
Nota: El plazo exacto depende del último dígito del NIT, antes del dígito de verificación
Para las empresas que no son grandes contribuyentes, el proceso se simplifica en dos momentos: la presentación con el primer pago, y un pago final meses después.
Primera Cuota y Presentación de la Declaración
Los vencimientos inician el 12 de mayo y terminan el 26 de mayo de 2026, según el último dígito del NIT
Segunda Cuota
El pago del saldo restante se debe realizar entre el 9 y el 23 de julio de 2026, siguiendo un esquema similar por dígito de NIT.
Recuerda que para este año la DIAN fijó la Unidad de Valor Tributario (UVT) en $52.374. Este valor es el que determina los topes y las sanciones en caso de extemporaneidad.
Dato clave: Si el impuesto a pagar es inferior a 41 UVT ($2.147.334), la DIAN exige que el pago se realice en una sola cuota en la misma fecha de la presentación de la declaración.
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