El 15 de julio de 2026 completó la fase final de la Ley 2101 de 2021. La jornada máxima legal es ahora de 42 horas semanales. ¿Ya ajustaste tu nómina?
Si algo nos ha enseñado la práctica tributaria en Colombia,
es que la adaptabilidad es una obligación. En un giro doctrinal de última hora,
el Consejo de Estado ha revocado la medida cautelar que mantenía suspendido
el Decreto 572 de 2025.
Con esta nueva decisión judicial, el Decreto 572 de 2025 recobra plena vigencia legal. Esto obliga a todos los agentes de retención a deshacer los cambios operativos de las últimas semanas y volver a aplicar las tarifas, autorretenciones y bases de cuantías mínimas que habían sido implementadas originalmente por el Gobierno Nacional a inicios de año.
A continuación, desglosamos los impactos más importantes de esta contraorden y las acciones urgentes que debes implementar en tu cierre contable.
La revocatoria de la suspensión implica que el Decreto 1625 de 2016 (que había regresado transitoriamente) vuelve a quedar en segundo plano respecto a los puntos modificados. Debes ajustar tus procesos a las siguientes directrices vigentes:
Uno de los impactos más fuertes para las compras diarias de las empresas. Se elimina la base mínima de 4 UVT y se reactiva la obligación de practicar retención en la fuente a partir de las 2 UVT en la categoría de servicios. Las compras pequeñas de servicios vuelven a estar sujetas a retención.
Se restablece en su totalidad el esquema tarifario modificado por el artículo 8 del Decreto 572 de 2025. Las empresas catalogadas como autorretenedoras a título de renta deben cargar nuevamente los porcentajes fijados para este año en sus plantillas de liquidación mensual.
| Concepto afectado | SuspendidoRégimen anterior | Vigente actualDecreto 572 |
|---|---|---|
| Base mínima en servicios | 4 UVT | ✓2 UVT |
| Base mínima en compras | 92 UVT | ✓70 UVT |
| Tarifa compra de oro (C.I.) | 1.0% | ✓2.5% |
| Esquema de autorretención | Tarifas antiguas | ✓Nuevas tarifas Decreto 572 |
Importante: verifica siempre la fecha de tu consulta frente a la vigencia de la medida cautelar. El régimen aplicable puede cambiar según el estado del proceso ante el Consejo de Estado.
Para mitigar riesgos de inexactitud en las declaraciones de retención en la fuente y evitar reprocesos masivos, recomendamos ejecutar las siguientes directrices antes del próximo cierre de mes:
La volatilidad jurídica exige un control interno riguroso. Mantener los sistemas parametrizados correctamente es la única garantía para proteger el flujo de caja y evitar sanciones por parte de la autoridad tributaria.
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¿Qué hay de nuevo?
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